Se debe advertir a los inmigrantes de diversos países europeos que, según el país desde el que hayan hecho Aliá, podrían existir consecuencias financieras que afecten a sus impuestos y pagos de prestaciones de la seguridad social, etc. (de su país de origen) según el lugar de residencia en Israel que elijan. Es importante que investiguen para determinar el estatus político de la comunidad en la que elijan vivir.
Por ejemplo, un residente del Reino Unido registrado como residente en Judea y Samaria no es considerado "residente en Israel" por el gobierno inglés y no recibirá sus pagos de la Seguridad Social ni de la Seguridad Social.
La resolución establece que el establecimiento de asentamientos por parte de Israel en los “territorios ocupados de Cisjordania” desde 1967, también conocidos como “al otro lado de la línea verde”, incluyendo partes de Jerusalén y los Altos del Golán, carece de validez legal y reconocimiento diplomático.
Cabe destacar que en Israel, los asentamientos se denominan Yishuvim (comunidades) o ciudades y pueblos, etc., y Cisjordania se denomina oficialmente Judea y Samaria y no se considera ocupada.
El Consejo Europeo de Relaciones Exteriores ha creado un Rastreador de Diferenciación que enumera los diversos acuerdos bilaterales entre Israel y varios países europeos y, además, aclara qué zonas de Israel se consideran elegibles para dichos acuerdos y si cumplen con la Resolución 2334 de la ONU.
No existe una sola “norma 2334” a nivel de la UE que suprima automáticamente las prestaciones. Sin embargo, varios gobiernos europeos han declarado formalmente que sus tratados bilaterales con Israel (incluidos los de seguridad social y de doble imposición) no se aplican en los asentamientos israelíes (Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental, y a menudo los Altos del Golán). En la práctica, esto puede significar que no existe una coordinación basada en tratados de los derechos de seguridad social ni ninguna desgravación fiscal para sus ciudadanos que se mudan allí, incluso si algunas pensiones estatales básicas aún pueden pagarse según la legislación nacional.
A continuación, resumimos las decisiones relevantes para los principales países a los que prestamos servicios en materia de impuestos y prestaciones de seguridad social. Te recomendamos utilizar el enlace anterior para obtener información más detallada, así como para consultar algún país específico si no aparece en la lista.
Consulta con nuestro servicio de asistencia si necesitas más orientación o que te remitan a un asesor fiscal o abogado competente especializado en la normativa de tu país de origen.
Estos gobiernos han declarado oficialmente que sus tratados con Israel (seguridad social, impuestos y otros acuerdos) solo se aplican dentro de las fronteras de Israel anteriores a 1967.
Efecto práctico: Los ciudadanos de estos países que se muden a un asentamiento podrían perder la coordinación de la seguridad social basada en los tratados (exportación/acumulación de beneficios) y la exención del DTA (riesgo de doble imposición).
Estos países aplican una “diferenciación” al estilo de la UE, excluyendo los asentamientos de las preferencias comerciales, la financiación de la investigación, las contrataciones públicas y otras transacciones oficiales. Si bien no tienen una prohibición pública formal de aplicar los tratados de seguridad social/fiscales a los colonos, las autoridades tratan los asentamientos como si estuvieran fuera de Israel en muchos contextos.
Efecto práctico: Los ciudadanos pueden enfrentarse a la incertidumbre o a la denegación de los beneficios de los tratados si residen en un asentamiento; es probable que se dicten resoluciones caso por caso.
Países Bajos: Las autoridades neerlandesas han restringido en el pasado ciertos pagos de pensiones a los residentes en asentamientos de Cisjordania; los casos son gestionados individualmente por SVB/Belastingdienst.
Estos países figuran en los rastreadores de diferenciación de la UE/ECFR, pero no se encontró ninguna declaración pública clara que excluya directamente los asentamientos de los tratados bilaterales.
Efecto práctico: Posible incertidumbre en la cobertura del convenio si resides en un asentamiento; se debe confirmar directamente con las autoridades fiscales y de seguridad social nacionales.
Noruega: Se eliminaron las deducciones fiscales para donaciones a organizaciones que apoyan los asentamientos. Si bien no se refiere directamente a las prestaciones de la seguridad social, muestra consecuencias financieras/fiscales vinculadas a la actividad de asentamiento.